La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 48/2018 dirigida al secretario de Marina, Vidal Francisco Soberón Sanz, y al comisionado Nacional de Seguridad, Renato Sales Heredia por el ingresó a la fuerza a un domicilio, detener arbitrariamente y abusar de una mujer en San Luis Potosí.

De acuerdo a la CNDH, el análisis de las evidencias del expediente del caso permitió acreditar violaciones a los derechos, a la inviolabilidad del domicilio y a la privacidad, a la libertad y seguridad personal por detención ilegal y arbitraria, y a la integridad personal por actos de tortura y violencia sexual contra la víctima, así como violaciones al principio del interés superior de la niñez en agravio de su hija e hijo.

Según el testimonio de la víctima, mientras dormía en compañía de su familia, ingresaron a su domicilio por la fuerza personas vestidas de civil con la cara cubierta; cuando salió de su habitación, una de ellas le apuntó con un arma en la cabeza, la amenazó y golpeó en el rostro en varias ocasiones, frente a sus hijos.

En la sala de su domicilio le colocaron una toalla sanitaria y una venda en los ojos; le ataron las manos por la espalda mientras causaban destrozos. Ante los hechos la hija de la víctima se acercó llorando y preguntó qué le hacían, pero un sujeto le ordenó que se metiera en una de las habitaciones del inmueble.

Después la mujer fue subida a un vehículo y llevada a un lugar desconocido, donde fue golpeada e interrogada sobre su presunta participación en diversos ilícitos, tras lo cual fue abusada sexualmente por uno de los agentes, quien la amenazó con hacerle daño a su familia si denunciaba el hecho.

No obstante esto, se le inició una averiguación previa por su probable participación en los delitos de portación de arma de fuego y posesión de cartuchos del Ejército, Armada y Fuerza Aérea nacionales, y otra más por la probable comisión del delito contra la salud en su modalidad de narcomenudeo, mismas que fueron consignadas ante un Juez que inició la causa penal, acusaciones de las que fue absuelta.

La CNDH determinó que los elementos de la Secretaría de Marina y Policía Federal que participaron en los hechos trasgredieron el derecho a la inviolabilidad del domicilio de la víctima al ingresar por la fuerza al mismo, sin orden judicial de cateo o flagrancia que lo justificara; además al lesionarla durante su aseguramiento se materializaron violaciones al derecho a la libertad y seguridad personal.

Estas violaciones fueron confirmadas mediante estudios médico-psicológicos y se comprobó que los agentes incumplieron su obligación de observar el principio del interés superior de la niñez y garantizar de manera plena los derechos de las personas menores de edad que se encontraban presentes al momento de la detención de la víctima.

La recomendación solicita a la Secretaría de Marina y a la Comisión Nacional de Seguridad reparar integralmente el daño ocasionado a las víctimas; otorgarles la atención médica y psicológica necesarias; inscribirlas en el Registro Nacional de Víctimas; colaborar en la causa penal instruida contra el personal involucrado en los hechos; enviar copia de la presente Recomendación al Juzgado correspondiente y colaborar en el procedimiento administrativo iniciado ante los Órganos Internos de Control de la Secretaría de Marina y la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Federal, respectivamente.

También, diseñar e implementar protocolos de actuación para prevenir la comisión de actos de tortura cuando se lleven a cabo detenciones de personas, que contengan los lineamientos a seguir para el uso de la fuerza; impartir al personal cursos de capacitación sobre derechos humanos y dirigir circulares al personal de ambas dependencias para que en el desempeño de sus funciones actúen de acuerdo con los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia; además, incorporar copia de esta recomendación en los expedientes de los servidores públicos involucrados.

apl

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