A pesar de que en 2012 se modificó el Código Penal del Estado de San Luis Potosí para tipificar como delito las llamadas “en falso” a los sistemas de emergencia de la entidad, esto no ha servido de nada en lo absoluto, ya que las llamadas continúan a la alza y la realidad es que no se ha castigado a una sola persona por este delito.

De acuerdo a una solicitud de un particular a la Fiscalía General del Estado, la cual fue respondida el pasado 22 de Noviembre, en un documento firmado por Omar Almendarez Pardo, jefe de la Unidad de Trámite Común y Trámite Con Detenidos de la Dirección de Investigación y Litigación refiere que no hay información de una sola sentencia condenatoria de los artículos 278 y 279 del Código Penal que estipula las llamadas en falso a los sistemas de emergencia.

Se detalla que si existe un número de 18 carpetas de investigación abiertas, así como una carpeta de investigación determinada por los agentes del Ministerio Público, sin embargo no hay una sola en el rubro de acuerdo reparatorio, las mismas 18 están sin determinar en fase inicial y ninguna de las carpetas ha llegado a la vinculación a proceso.

Asimismo se refiere que tampoco ninguna de estas carpetas cuenta con alguna resolución de un órgano jurisdiccional, ni en trámite de vinculación a proceso, tampoco hay una sola con sentencia condenatoria ni tampoco alguna que haya ameritado medidas cautelares y de la misma manera ninguna ha requerido la prisión preventiva para el imputado.

Cabe destacar que de acuerdo a las más recientes estadísticas de los sistema de emergencia al tercer trimestre del año se recibieron más de un millón de llamadas de emergencia, de las cuales casi 900 mil fueron llamadas en falso, es decir solo alrededor del 10 por ciento fueron verdaderas.

samuel.estrada@clabsa.com.mx
gpl

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