La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió una recomendación a la Dirección General de Seguridad Pública Municipal de Soledad de Graciano Sánchez por exponer al escarnio público a una mujer de profesión de enfermera, que tras ser detenida por elementos de la corporación al encontrarse en estado de ebriedad fue videograbada, revelando no sólo su imagen sino datos tan sensibles de protección como lo son su nombre, domicilio y centro de trabajo.

Los hechos se suscitaron en octubre del 2017 donde en un filtro de seguridad, los elementos le imputaban que ella conducía un vehículo sin que esto se acreditara, comenzándola a videograbar con teléfonos celulares, por lo que ella los confrontó teniendo que intervenir elementos del sexo femenino, quienes la sujetaron, la tiraron al piso y posteriormente ella y su esposo fueron trasladados a la barandilla municipal. Una vez ahí entre diversos policías bajaron a la víctima y cuando menos dos agentes continuaron realizando una videograbación en la que se observa a la víctima con su uniforme y su gafete de una institución de seguridad social. Días después de acontecidos los hechos comenzó a circular la videograbación realizada por los agentes de policía en una plataforma digital.

El pasado 2 de noviembre de 2017 inició la queja de oficio, además de que la víctima se presentó en la CEDH a fin de presentar una queja en contra de elementos de la Policía Municipal de Soledad de Graciano Sánchez. Ante ello, la CEDH estableció que existió una conducta reprochable de los servidores públicos (policías municipales) que difundieron el contenido del video en la plataforma digital.

El organismo calificó de condenable que un video que bien pudo ser de utilidad en la acusación dentro de una carpeta de investigación, se difunda en plataformas digitales públicas contraviniendo no sólo derechos fundamentales como la honra, el honor y el buen nombre, sino también la legalidad y seguridad jurídica. Además, que la videograbación se realizó en espacios como lo son las celdas preventivas, donde debe respetarse la estricta dignificación a los derechos fundamentales de las personas en situación de detención, en la que se observa y se escucha el trato que los policías brindaron a la mujer durante su detención, destacando palabras altisonantes e insultos, así como tratos degradantes.

La CEDH giró instrucciones para que se realicen acciones efectivas tendientes a garantizar la reparación integral del daño en beneficio de la víctima, además de que el titular de la Subdirección de Inspección General de Seguridad Pública Municipal investigue y aplique el procedimiento interno administrativo que contribuya a lograr el esclarecimiento de los hechos y determine el grado de participación de todos y cada uno de los mandos, elementos y servidores públicos involucrados en los hechos.

Finalmente, instruye que se realice un programa de capacitación dirigido a mandos superiores, mandos medios y a la totalidad de elementos de la Dirección General de Seguridad Pública Municipal de Soledad, incluyendo personal médico y jueces calificadores, relacionado con el tema de derechos humanos en particular los derechos que prevalecen durante la detención, los derechos y deberes del policía en el nuevo Sistema de Justicia Penal.

sergio.marin@clabsa.com.mx

vkc

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