Tanto la Oficialía Mayor como la Secretaría de Finanzas del gobierno del estado se deslindaron de la responsabilidad de la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (Segam) para dar cumplimiento con la Ley y la ejecutoría del amparo promovido por la asociación civil “Cambio de Ruta” con la finalidad de garantizar la calidad del aire en la zona metropolitana de San Luis Potosí.

En la más reciente etapa del proceso jurídico que lleva el juzgado primero de distrito, la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental había solicitado involucrar a la Oficialía Mayor y a la Secretaría de Finanzas para poder dar cumplimiento con la ejecutoría del amparo, toda vez que son las instancias tanto presupuestal como de adquisición de insumos y personal como lo ha requerido el juzgador.

En respuesta al requerimiento del juzgado atendiendo a la solicitud de la Segam, el Oficial Mayor de la Administración Estatal, Elías Jesrael Pesina Rodríguez, señaló - entre otras cosas - que solicita que se nombren delegados jurídicos para darle seguimiento al asunto a nombre de su dependencia, sin embargo, la petición fue denegada por la juez encargada del caso por no estar dentro de sus atribuciones aceptar esta solicitud y sólo tiene jurisdicción sobre autoridades legalmente establecidas.

Por otro lado, recalcó que la Oficialía Mayor “no ha recibido solicitud alguna de la dependencia (Segam) ni ha anexado los requerimientos necesarios para la adquisición de insumos, bienes o servicios a contratar, así como demás requisitos administrativos”, que necesiten para dar cumplimiento con el “Programa de mantenimiento y consumibles 2018 de la Red de Monitoreo de Calidad del Aire de la zona metropolitana”.

Por su parte, la Secretaría de Finanzas, Marcos Efrén Gutiérrez Navarro, procurador fiscal de la dependencia y en representación del titular José Luis Ugalde Montes, respondió al juzgado detallando punto por punto las partidas presupuestales otorgadas a la Segam desde febrero del 2018 cuando se hizo la primera solicitud para dar cumplimiento con la sentencia de amparo.

Se detalla que inicialmente se otorgaron 1 millón 683 mil 230 pesos para el cumplimiento de la primera etapa de proyectos para la Red de Monitoreo de Calidad del Aire, posteriormente el 4 de abril hizo una solicitud de ampliación presupuestal para el Programa de Mantenimiento y consumibles 2018 de la Red de Monitoreo de Calidad del Aire de la zona metropolitana” por un monto de 440 mil pesos, mismo que posteriormente fue modificado a 606 mil 515 pesos y su autorizado por la Dirección de Planeación y Presupuesto de la Secretaría de Finanzas.

Asimismo se recalca que la Secretaría de Finanzas con la autorización de presupuesto, estructura y calendario del gasto dentro del ámbito de su competencia, dado que conforme a los anteriores preceptos legales únicamente tiene la atribución de efectuar la aportación de fondos debidamente presupuestados sin que implique que se tenga injerencia en las acciones del ejercicio de los recursos que le corresponden a cada dependencia.

Finalmente, se hace hincapié: “no depende de la Secretaría de Finanzas el llevar a cabo acción específica para dar trámite o concluir el Programa de Mantenimiento y consumibles 2018 de la Red de Monitoreo de Calidad del Aire de la zona metropolitana, ya que en todo caso le corresponde única y exclusivamente a la Segam el llevar a cabo todas las gestiones necesarias para la consecución de este fin”.

vkc

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