Se reclama la omisión, negligencia, falta de atención, traspié o lapsus del que deriva que la mencionada presa tenga una constante y masiva reproducción de Lirio Acuático, lo que atenta contra la salud pública de los potosinos.

De acuerdo a la sentencia, el juzgado aún no cuenta con los elementos suficientes como para dar por cumplida la ejecutoria del amparo porque la mayoría de las pruebas refieren supuestas acciones futuras y actividades que no respalda con evidencia.