El secretario de Trabajo y Previsión Social de San Luis Potosí (STPS), Néstor Eduardo Garza Álvarez informó que los patrones incumplidos con el pago de aguinaldo de manera incompleta o extemporánea podrán ser acreedores a una sanción que iría de 24 mil pesos hasta los 481 mil pesos.

“A partir de este día 20 de diciembre estaremos atentos y los afectados tienen hasta un año para inconformarse, de acuerdo lo que marca la ley” expresó el titular de la STPS.

Dicha prestación laboral aplica a todas las personas trabajadoras que prestan sus servicios de manera subordinada y se debe recibir antes del 20 de diciembre de cada año, el monto debe cubrir el equivalente a 15 días de salario por año de trabajo cumplido, o la parte proporcional del mismo para quienes no tengan ese tiempo de servicio.

Asimismo el pago de aguinaldo no se puede realizar en especie, vales o mercancía, está prestación y el salario debe pagarse en efectivo.

En caso de no haber recibido esta retribución la Secretaría del Trabajo y el Centro de Conciliación exhortan a los afectados a que se acerquen a la dependencia para dar seguimiento y vigilancia a las quejas y denuncias, también se puso a disposición el teléfono 4448264600 extensión 105 para otorgar asesoría y acompañamiento

A partir de este año la dependencia estatal cuenta con las facultades de determinar e imponer sanciones administrativas a empresas que violen los derechos laborales.

¿Qué empresas fueron las más incumplidas en 2021?

De acuerdo con el funcionario estatal en 2021 las empresas con mayores quejas por haber demorado en el pago de aguinaldos luego del plazo que marca la ley, fueron del sector terciario y de comercio y servicios.

La causa principal del incumplimiento fue por falta de liquides debido a los estragos que enfrentó este sector económico tras dos años de pandemia.

Otra situación del año pasado que enfrentaron las empresas con quejas, fueros los conflictos con las instituciones bancarias que presentaron fallos técnicos en sus sistemas, dificultando que se hiciera efectivo el tránsito de los depósitos.

Quiénes tiene derecho al aguinaldo

-Los trabajadores freelance con contrato laboral de subordinación comprobable.

-Trabajadoras con incapacidad de maternidad o si se está incapacitado por accidente laboral e incluso si el trabajador o trabajadora falleció, sus beneficiarias o beneficiarios tienen derecho a recibir el pago de aguinaldo

-Si te despidieron o se renuncia voluntariamente así como trabajadores de confianza y eventuales.

-La excepción a esta prestación son aquellas y aquellos trabajadores contratados por honorarios donde no existe una subordinación.

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