Conforme a lo que establece la ley, los empleados que laboraron más de 60 días en una compañía dentro del periodo del 1 de enero al 31 de diciembre del 2018, tienen derecho a acceder al reparto de utilidades que se otorga en este 2019.
En el sector patronal se prevé que desde esta segunda semana de mayo y primera quincena del mes los trabajadores vean reflejado el reparto de utilidades, la cantidad depende según las negociaciones realizadas por los propios sindicatos, que en promedio alcanzan un mes de salario, aunque en los sectores con mayor dinamismo como el automotriz y manufacturero el monto puede ser superior.
La Participación de los Trabajadores de las Utilidades (PTU) se debe hacer de manera individual, en función del número de días laborados en el año y el sueldo de cada trabajador, según establece el artículo 177 de la Ley Federal del Trabajo.
Las utilidades se reparten en un plazo de 60 días posteriores a que se presentó la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR), la fecha límite para las personas físicas es el 30 de mayo.
Las empresas que durante el año previo registraron pérdidas o carecen de utilidades fiscales están autorizadas a no realizar este reparto.
Además, las empresas de nueva creación con menos de dos años operando, instituciones sin fines de lucro y entidades públicas culturales y asistenciales están exentas de esta obligación patronal.
En caso de que no recibir utilidades los empleados pueden solicitar una revisión de forma directa con la empresa o empleador, si la compañía cuenta con los aspectos que la obligan a realizar el pago de utilidades el trabajador puede acudir ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) o directamente a la instancia encargada de la defensa del trabajador para recibir asesoría.
nancy.hernandez@clabsa.com.mx
vkc