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Autoridades del área de recaudación y del Servicio al Contribuyente destacaron avances en simplificación fiscal, plazos clave para personas morales, y aclararon que la constancia de situación fiscal no tiene vigencia obligatoria.
Las recientes reformas y ajustes fiscales han colocado al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el centro de la vida cotidiana de contribuyentes y empresas, reconocieron Gerardo Cruz Aguilar, del área de recaudación, y José Edgar González Cancino, administrador de Servicio al Contribuyente en San Luis Potosí, quienes expusieron los principales temas que hoy generan mayor atención.
Uno de los puntos prioritarios, señalaron, es la presentación de la Declaración Anual de Personas Morales, obligación que debe cumplirse en tiempo y forma independientemente de que exista o no un pago por realizar.
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Recordaron que las personas morales pueden presentar su declaración desde el 1 de enero y hasta el 31 de marzo, según el régimen fiscal en el que tributen.
Detallaron que las sociedades en proceso de liquidación tuvieron un plazo específico a inicios de enero, mientras que las organizaciones sin fines de lucro cuentan con fecha límite a mediados de febrero.

El resto de los regímenes, deberán cumplir a más tardar el 31 de marzo
Aclararon que cumplir con la declaración no implica necesariamente un pago, ya que incluso quienes no tuvieron actividad durante el ejercicio deben informar al SAT sobre su situación fiscal, como parte de sus obligaciones.
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En este contexto, Cruz Aguilar destacó el programa de cumplimiento fiscal, mediante el cual el SAT invita tanto a personas físicas como morales a regularizarse, ofreciendo estímulos para quienes en algún momento no cumplieron con sus responsabilidades fiscales, lo que representa una oportunidad para ponerse al corriente.
Por su parte, González Cancino explicó que la autoridad ha trabajado para facilitar el proceso de declaración, incorporando información precargada en el sistema, como pagos provisionales, PTU, retenciones enteradas, comprobantes fiscales de devoluciones y datos de ejercicios anteriores, con el objetivo de reducir errores y simplificar el trámite para las empresas.
Además, recordó que desde diciembre se habilitó un simulador que permite a las personas morales tener un panorama previo de su declaración, así como herramientas como el visor de nómina del patrón, que permite cotejar la información que recibe el SAT con la que maneja el contribuyente, y corregir inconsistencias antes de presentar la declaración definitiva.
Otro de los temas que ha generado confusión es la constancia de situación fiscal, documento cuya emisión se ha incrementado de manera exponencial en las oficinas del SAT en la entidad, al grado de registrar un aumento cercano al mil por ciento, lo que ha provocado largas filas durante enero.
Las autoridades aclararon que este documento no tiene vigencia obligatoria y solo requiere actualización cuando existen cambios en datos como nombre, domicilio o régimen fiscal.
Sin embargo, señalaron que erróneamente algunos empleadores solicitan constancias recientes de manera recurrente, lo que ha incrementado innecesariamente la demanda del trámite.
Explicaron que la constancia se volvió relevante a partir del nuevo esquema de facturación, ya que para emitir una factura se requieren datos precisos como la razón social, el código postal y el régimen fiscal.
Estos mismos datos son necesarios para timbrar la nómina, motivo por el cual los patrones solicitan la información a sus trabajadores.
Finalmente, exhortaron a los contribuyentes a informarse adecuadamente y utilizar las herramientas disponibles, con el fin de cumplir correctamente con sus obligaciones fiscales y evitar contratiempos tanto para empresas como para trabajadores.
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