Aún no se aprueba la reforma a la Ley Ambiental del Estado que permitiría a los ayuntamientos aplicar sanciones y realizar el cobro de multas a los comercios y establecimientos que entreguen contenedores plásticos.
Así lo dio a conocer el diputado Cándido Ochoa Rojas, promovente de esta reformar al artículo 31 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del estado de San Luis Potosí.
El legislador señaló que el papel de los Ayuntamientos cobra relevancia en el ámbito de difusión de la norma por la que ahora se regula el uso de contendores de este material no reutilizable, así como de la aplicación de las sanciones a quienes como personas físicas o morales que las proporcionen a sus clientes para el traslado de sus mercancías.
Por este motivo se hace necesario modificar la Ley Orgánica del Municipio Libre de nuestro estado, para otorgar a los Ayuntamientos facultades plenas para aplicar y cobrar las multas respectivas que establece la Ley Ambiental del Estado ante el incumplimiento.
Ochoa Rojas consideró que es inexcusable la obligación para que los ayuntamientos y el comercio asociado lleven a cabo campañas intensivas de concientización que generalicen la adquisición y uso de bolsas de tela, de bolsas hechas a base de residuos agrícolas (almidón de patata) o de plástico reutilizable, todas ellas de larga vida.
La iniciativa fue turnada para su análisis a la Comisión de Puntos Constitucionales.
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