El Tribunal Electoral del Estado (TEESLP) aprobó, en sesión de este martes, revocar la sentencia en contra de Gabino Morales Mendoza, coordinador estatal de programas sociales de desarrollo, emitida por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena.
Morales Mendoza promovió el recurso luego de que la comisión sancionadora de su partido resolvió, el pasado 28 de enero, suspender por seis meses sus derechos partidistas y separarlo de cualquier cargo que ocupara dentro de la estructura del ente político, al haber incurrido en violencia política de género.
El proyecto de resolución del TEESLP estuvo a cargo de la magistrada Yolanda Pedroza Reyes, quien sugirió revocar la determinación y regresar el expediente al órgano partidario para que se repusiera el proceso desde la recepción de la denuncia, de este modo evitando vulnerar los derechos de la promovente Martha Lisset García García.
Uno de los argumentos para revocar la sanción al también llamado “superdelegado”, es que los estatutos del partido Morena establecen en qué cuestiones aplica la supletoriedad de la Ley Electoral como es el caso de medidas sancionatorias, sin embargo, la Comisión de Honestidad y Justicia habría aplicado la Ley Civil.
Fueron los testimonios de la denunciante y un testigo, los que, de acuerdo a la Ley Electoral, tendrían que haber sido avalados por fedatario, no obstante, al incumplir este requerimiento vulneran el derecho al debido proceso del denunciado, en este caso Gabino Morales Mendoza.
En contra del proyecto se manifestó el magistrado Oskar Kalixto Sánchez, al considerar que no se estaba considerando la aplicación de la perspectiva de género al resolver de esta forma y al entender que se desestimaban los testimonios de la denunciante en contra del “superdelegado”.
El proyecto también fue observado por el magistrado Rigoberto Garza de Lira, quien expuso que la determinación debía ser revocar la sanción sin que se retornara el expediente a la comisión partidista.
Sin embargo, Yolanda Pedroza refutó que “hacerlo de manera contraria me parece que es dejar inaudito el derecho de Martha Lisset García”.
La resolución del asunto fue con dos votos a favor de la magistrada Yolanda Pedroza y el magistrado Rigoberto Garza de Lira y un voto en contra con voto particular del magistrado Oskar Kalixto.
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vkc