El Tribunal Estatal Electoral (TEESLP) deberá asumir la competencia en la inconformidad interpuesta por un ciudadano de la capital potosina por la conformación de las juntas vecinales de dicho municipio.

Esto fue lo que resolvió la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al revocar, en sesión del pasado jueves 18 de abril, la sentencia emitida por el TEESLP en el juicio ciudadano TESLP/JDC/03/2019.

El quejoso se inconformó debido a que el pasado quince de febrero del presente año se llevó a cabo la asamblea para elección de la mesa directiva de la Junta Vecinal de Mejoras de la colonia Hermenegildo J. Aldana, en la que se declaró que no hubo mayoría en la planilla única, encabezada por Juan José Ávila Hernández como presidente de dicha planilla.

Sin embargo, al presentar un juicio de protección a sus derechos ciudadanos el TEESLP resolvió su incompetencia para atender el caso, en su sesión del pasado 12 de marzo, el inconforme recurrió al recurso de revisión en el que se determinó que el Tribunal Electoral local sí es competente para conocer del juicio ciudadano local promovido en contra del procedimiento de elección de los integrantes de las mesas directivas de las Juntas Vecinales de Mejoras, pues son autoridades auxiliares electas democráticamente por la ciudadanía.

En la sentencia, la Sala Regional se incluye a la responsable para que asuma competencia y emita una nueva resolución en términos de ley, en la que, de no actualizarse otra causal de improcedencia, resuelva el fondo de la controversia planteada en la demanda inicial.

maria.medrano@clabsa.com.mx

vkc

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