El reparto de utilidades es una prestación que por ley las empresas y patrones entregan a los trabajadores durante mayo y junio. Si aún no sabes cuándo y cuánto te corresponde, aquí te contamos.
La Ley Federal del Trabajo estipula que quienes trabajen parapersonas morales (empresa) deberán recibir el pago de utilidades a más tardar el 30 de mayo.
Mientras que los empleados de personas físicas con actividad empresarial, o los servicios que ofrece en el mercado (patrón), la fecha límite para obtener las utilidades es el 29 de junio.
Recuerda que para recibir esta prestación, que en los recibos se ve reflejada como pago del PTU, es necesario que hayas laborado al menos 60 días en tu centro de trabajo.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), informó en un comunicado que las empresas de nueva creación estarán exentas del reparto a durante su primer año de funcionamiento.
Si las empresas registraron utilidades netas mínimas de 300 mil pesos, según su declaración fiscal 2017, están obligadas a entregar esta prestación a sus empleados.
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Para determinar el reparto de utilidades, se requiere:
1.- Verificar que el patrón haya generado utilidades en el ejercicio fiscal anterior;
2.- Que se haya constituido la Comisión Mixta de Utilidades en la Empresa (integrada por igual número de representantes del patrón y de los trabajadores).
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3.- Que se haya determinado la partición individual a cada trabajador.
La Profedet vigilará el proceso y brindará asesoría de forma gratuita para que se realice el pago de utilidades a las y los trabajadores, y cuenta con los números gratuitos 01 800 911 7877 y 01 800 717 2942 para orientación.
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