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CDMX.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que, el ahora candidato a diputado federal, Ernesto Laguardia, deberá separarse temporalmente de la conducción televisiva hasta que pase la elección del 1 de julio para no generar inequidad en la contienda.
El actor y conductor fue postulado por la coalición “Todos por México”, integrada por PRI, PVEM y Panal, para el cargo de diputado federal por el Distrito XII de Tultitlán, Estado de México, pero a través de una consulta, Nueva Alianza solicitó al Instituto Nacional Electoral (INE) conocer si éste podría participar como conductor de un programa televisivo de belleza.
El pasado 27 de abril, el Consejo General del INE resolvió que, durante la campaña, Laguardia no podría aparecer como conductor de un programa de televisión, pues eso podría generar sobre exposición y condiciones de inequidad en la contienda.
Hoy, por cinco votos contra dos de los magistrados José Luis Vargas Valdés y Felipe Fuentes Barrera, se confirmó la respuesta del INE.
En la sentencia se resolvió que, cuando concurren en una persona las calidades de candidato y conductor de programas televisivos, eso lleva consigo la obligación de separarse de la conducción, pues de lo contrario se colocaría en una mayor exposición y eso, eventualmente, podría afectar la equidad en la contienda.
La separación de la conducción no limita injustificadamente el derecho a ser votado ni el libre ejercicio de una profesión, pues la separación es sólo temporal.
El magistrado Indalfer Infante, quien propuso el proyecto de sentencia avalado, indicó que si el candidato decidió postularse al cargo de diputado federal debe limitarse a las reglas y limitaciones que la ley prevé para la exposición en radio y televisión, consistentes en que sólo puede aparecer en los tiempos del Estado que administra el INE.