Después de un debate de más de seis horas, el pleno de la Cámara de Diputados avaló, en lo general y en lo particular, la minuta con la que se expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio y la turnó al Ejecutivo federal para su publicación y entrada en vigor.
En lo particular, y después de desechar las más de 60 reservas presentadas por los distintos grupos parlamentarios, los diputados votaron 291 a favor de Morena, PT, PES y Verde; cinco abstenciones, de Tatiana Clouthier y Lorena Villavicencio, entre otros, y 114 en contra del PAN, PRI, PRD y MC.
De acuerdo con el dictamen, la extinción de dominio es la pérdida de los derechos que tenga una persona en relación con los bienes, declarada por sentencia de una autoridad judicial y los bienes susceptibles de extinción son aquellos que sean producto o instrumento de un hecho ilícito o los que estén destinados a cometerlos.
Con este nuevo ordenamiento se establece que el proceso de extinción de dominio iniciará a petición del Ministerio Público y lo resolverá en última instancia un juez de carácter civil.
Y procederá por los delitos de delincuencia organizada, secuestro, delitos en materia de hidrocarburos, petrolítiferos y petroquímicos, delitos contra la salud, trata de personas, delitos por hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, robo de vehículos, operaciones con recursos de procedencia ilícita y extorsión.
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