El comité directivo municipal del Partido Acción Nacional (PAN) solicitó mediante un oficio al Tribunal Electoral de San Luis Potosí que ejecute las medidas de apremio para que el Congreso del Estado dé cumplimiento a la resolución del Tribunal Electoral de la Federación Sala Monterrey sobre el uso de propaganda personalizada con recursos públicos en los que habría incurrido Ricardo Gallardo Juárez, presidente municipal de San Luis Potosí con licencia y candidato reeleccionista del PRD.

Pide CDM del PAN que Congreso emprenda sanciones contra Gallardo
Pide CDM del PAN que Congreso emprenda sanciones contra Gallardo

Maximino Jasso Padrón, presidente del CDM del PAN, explicó que el Tribunal Electoral Sala Monterrey se confirmó que el Ayuntamiento capitalino excedió los plazos para la promoción del informe de actividades de gobierno, establecidas en la ley como permitida durante 7 días previos y 7 posteriores al acto protocolario.

Indicó que le compete al Congreso del Estado sancionar las faltas cometidas por los presidentes municipales en el ejercicio de sus funciones de manera directa con Gobierno del Estado, por lo que exhortó a la LXI Legislatura a que proceda en consecuencia.

Lidia Argüello, representante propietaria del PAN ante el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) refirió que el escrito fue entregado al Tribunal Estatal Electoral de San Luis Potosí (TEESLP) pues desde el pasado 06 de abril de emitió la resolución y el plazo de notificación, dijo, es de cuatro días posteriores.

Al respecto Héctor Mendizábal Pérez, diputado presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado negó que se haya recibido notificación alguna en el Poder Legislativo, al menos desde que asumió el cargo, sin embargo aseguró que una vez que se tenga la notificación se actuará en consecuencia.

Evitó pronunciarse respecto al caso, pues dijo que primero se tiene que conocer la resolución que se emite desde el Tribunal, pues puntualizó que se debe de garantizar que se lleva a cabo un debido proceso.

En contraparte Rigoberto Garza de Lira, magistrado del TEESLP admitió que las partes interesadas tienen  derecho de incentivar la ejecución de la resolución que no se haya cumplido, y que la “propia sala superior ha instruido” a los órganos jurisdiccionales a que se empleen los medios necesarios al alcance para que se cumpla la determinación que se tome.

Desconoció si la falta de actuación del Congreso del Estado se debe a que no ha sido notificado, pero aclaró que “en un  plazo máximo de tres días debería de estar realizada la notificación de cualquier determinación (…) Suponiendo sin conceder que no se ha notificado hay que se deben tomar medidas y no solo para que se notifique sino para que se inhiba este tipo de medidas”.

Recordó que el TEESLP resolvió que, de acuerdo a la inconformidad presentada por el PAN por actos anticipados de campaña por parte del candidato releccionista, no se comprobaron los mismos, sin embargo “sí subsistió un par de días la promoción del informe (…) y se remite al Congreso para que inicie el proceso sancionador correspondiente”.

apl

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