Según se detalló en el Informe de Incidencia Delictiva del Fuero Común, en el estado de San Luis Potosí sólo se ha registrado un feminicidio durante los meses de enero a marzo del 2024.

Sin embargo, el titular de la Fiscalía General del estado confirmó que otro feminicidio fue perpetrado el pasado 29 de abril del mismo año, por lo que todavía no se registra en el informe de Incidencia Delictiva del Fuero Común.

Con ese último caso, suman dos feminicidios en SLP en los primeros cuatro meses del año.

El primer caso fue el feminicidio de la influencer Dulce Vaca, el cual conmocionó a todo el país, pues la joven ya había compartido con sus seguidores haber sufrido violencia por parte de su pareja. La tiktoker fue asesinada el pasado 14 de marzo en su domicilio, en la Unidad Habitacional Salk 2ª Sección capital potosina, presuntamente con un arma blanca.

Nueve días después de estos hechos la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí obtuvo la vinculación a proceso y prisión preventiva contra el sospechoso Christopher “N”, quien habría sido pareja de la víctima. Al caso, se le otorgaron cuatro meses para la investigación complementaria.

Dulce era una madre, influencer y tiktoker que hablaba sobre maquillaje, bastante querida. Su muerte impactó a la comunidad debido a que la joven de 25 años había regalado flores en la marcha del pasado 8 de marzo.

El segundo caso de feminicidio se trató del perpetrado el pasado 29 de abril, en la colonia Piquito de Oro, en la capital de San Luis Potosí. Aquel día, vecinos reportaron oír disparos en un domicilio y fue así como se encontraron muertos a una mujer y un hombre, este último quien presuntamente se quitó la vida después de haber disparado a quien fuera su pareja.

Cabe recordar que, según se establece en el Código Penal del Estado: “comete el delito de feminicidio, quien priva de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando ocurra cualquiera de las siguientes circunstancias:

I. Exista, o haya existido una relación de parentesco; afecto; docente; o laboral, o cualquier otra que implique amistad, confianza, subordinación, o superioridad, entre la víctima y el agresor;

II. Exista en la víctima signos de violencia sexual de cualquier tipo;

III. Se haya infligido a la víctima, lesiones, o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida; o actos de necrofilia; o que generen sufrimiento;

IV. Existen antecedentes de violencia, sexual, física, psicológica, patrimonial, económica, o de cualquier indicio de amenaza, producidas en el ámbito, familiar; laboral; o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.

V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas, acoso o violencia sexual, relacionados con el hecho delictuoso, del sujeto activo en contra de la víctima;

VI. La víctima haya sido incomunicada, o privada de su libertad, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida, y

VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto de cualquier forma, depositado, o arrojado en un lugar público.”

En San Luis Potosí el feminicidio puede alcanzar una pena máxima de 60 años de prisión.

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